¿Qué novedades legislativas en alimentación llegan tras septiembre?
Con la vuelta al cole llega también un otoño cargado de novedades legislativas en alimentación que afectarán tanto a empresas españolas como a quienes comercializan en la Unión Europea. Hemos reunido para vosotros, de forma práctica y con fuentes oficiales, los cambios que entran en vigor a partir del 1 de septiembre de 2025.
Cambios desde septiembre de 2025
España · Canales de denuncias, operativa desde el 1 de septiembre de 2025
Qué cambia: La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) inicia su actividad. Desde esta fecha, supervisará el cumplimiento de la Ley 2/2023 en materia de canales internos de información. Las entidades obligadas deben comunicar a la AIPI su Responsable del Sistema dentro de los plazos fijados por la norma.
Desde el 1 de septiembre de 2025 entra en funcionamiento la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), que asume funciones de supervisión y control del cumplimiento de la Ley 2/2023 en materia de Sistemas Internos de Información (canales de denuncias). Para las empresas del sector alimentario esto significa operar con un canal interno plenamente funcional, con procedimiento documentado, designación/registro del Responsable del Sistema y salvaguardas de confidencialidad y no represalia, en línea con los artículos nucleares de la ley. La Orden PJC/908/2025 fija la fecha exacta de inicio y asegura un arranque ordenado del organismo.
Desde el 1 de septiembre de 2025 entra en funcionamiento la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI), que asume funciones de supervisión y control del cumplimiento de la Ley 2/2023 en materia de Sistemas Internos de Información (canales de denuncias). Para las empresas del sector alimentario esto significa operar con un canal interno plenamente funcional, con procedimiento documentado, designación/registro del Responsable del Sistema y salvaguardas de confidencialidad y no represalia, en línea con los artículos nucleares de la ley. La Orden PJC/908/2025 fija la fecha exacta de inicio y asegura un arranque ordenado del organismo.
Fechas clave: 1/09/2025 puesta en funcionamiento de la AIPI.
- Integrar el canal interno con sistemas APPCC, gestión de alertas y trazabilidad.
- Actualizar política de denuncias, información a empleados y cláusulas de privacidad.
Fuente oficial: Orden PJC/908/2025 (BOE).
Nuestros compañeros del área jurídica, LegaleGo Abogados, han preparado este artículo en su blog con una guía completa sobre en qué consiste este canal de denuncias. Puedes leerlo aquí: Canales de denuncias en el sector alimentario
España · Exportación: fin del periodo transitorio de SAEXCERT el 31 de diciembre de 2025
Qué cambia: La plataforma SAEXCERT para certificados sanitarios de exportación se generaliza y finaliza el periodo transitorio el 31/12/2025 para los supuestos previstos en la instrucción.
SAEXCERT es la nueva plataforma para la certificación sanitaria electrónica en exportación de productos de origen no animal (PONA). Tras su entrada en producción (junio 2025) y el inicio de emisión de certificados (julio 2025), se ha establecido un periodo transitorio en el que coexisten los certificados electrónicos y los certificados en papel emitidos por las CCAA. Ese periodo finaliza el 31/12/2025; desde 01/01/2026 la certificación pasará a ser solo electrónica en los supuestos previstos.
Para las empresas afectadas, la acción prioritaria es tramitar el alta en SAEXCERT, probar la solicitud y emisión con antelación y ajustar tus procedimientos de preenvío, plantillas y firmas de responsables. El Ministerio ha publicado notas e instrucciones con el esquema de actuación y la relación de países que exigen certificación, que conviene seguir al detalle para evitar incidencias en frontera o demoras de última hora.
Acción recomendada: Alta y pruebas de emisión con tiempo; revisión de modelos de certificado y firma de responsables.
Fuentes: Sanidad Exterior · Instrucciones SAEXCERT. | Explicación práctica: SAEXCERT: la plataforma para exportar productos alimentarios
Otras novedades legislativas en alimentación relevantes para planificar durante el curso 2025/2026
UE · Controles reforzados a la importación (Reg. (UE) 2019/1793)
Qué cambia: Actualización de anexos con frecuencias/país–producto. Útil para planificar muestreos y compras de Q4-2025.
La Comisión ha vuelto a actualizar los anexos del régimen de controles reforzados y medidas especiales para determinados alimentos de origen no animal (ONA) que entran en la UE. Esta revisión mueve productos entre anexos y ajusta los porcentajes de muestreo por binomio país–producto, en función del historial de incumplimientos. El cambio se adoptó mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1441, publicado el 23 de julio y que entra en vigor el 12 de agosto de 2025 (20 días tras su publicación). Para los importadores implica chequear de nuevo los códigos NC afectados y las frecuencias exigidas para planificar el Q4-2025.
En la práctica, si tu producto aparece en anexo I (controles reforzados) te exigirán pre-notificación y un porcentaje mínimo de controles en los puntos de entrada designados; si está en anexo II (medidas especiales), además, necesitará certificado oficial y, en su caso, resultados analíticos adjuntos. Conviene alinear esto con logística y aduanas, actualizar instrucciones a agentes y ajustar stocks para evitar roturas por retenciones en frontera cuando cambien los flujos de muestreo.
Entrada en vigor: 12/08/2025.
Fuente: Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1441.
ES/UE · Programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche
España ha actualizado su norma interna mediante el Real Decreto 682/2025 (BOE 30/07/2025), que entra en vigor el 31/07/2025 y se aplica desde el curso 2025/26. El RD modifica el 511/2017 para, entre otros aspectos, ajustar precios de referencia (nuevo Anexo II), simplificar trámites y alinear el control con la PAC 2023–2027. También clarifica quién puede ser beneficiario (autoridades educativas y, en su caso, centros escolares), facilita la contratación plurianual con base en la asignación sectorial y actualiza los modelos de información a remitir.
A nivel comunitario, el Reglamento Delegado (UE) 2025/162 simplifica el informe anual de seguimiento del programa escolar, eliminando datos no esenciales (p. ej., precio medio de las raciones o listados detallados de autoridades implicadas) para aliviar la carga administrativa en los Estados miembros. Si participas en licitaciones o gestionas el programa, revisa desde ya formatos y pliegos a la luz de estos cambios, porque condicionan la planificación presupuestaria del curso y la documentación justificativa a enviar a la Comisión.
España: RD 682/2025 (en vigor 31/07/2025; aplicable curso 2025/26). UE: Reglamento Delegado (UE) 2025/162 (simplifica reporte anual).
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