Según el TJUE las declaraciones saludables sobre plantas están prohibidas si no se encuentran autorizadas
El pasado 2 de mayo de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) zanjó una de las cuestiones más debatidas en el ámbito de los complementos alimenticios: ¿pueden las empresas utilizar declaraciones saludables sobre plantas mientras estas se encuentran en evaluación por la Comisión Europea? La respuesta, contundente, es no. La sentencia emitida en el asunto C-386/23 aclara que ninguna alegación, ni siquiera las de carácter general como “bueno para el bienestar” o “mejora el estado de ánimo”, puede utilizarse en la comunicación comercial de productos con ingredientes botánicos si no cuenta con una autorización oficial previa.
Este fallo tiene un impacto directo sobre la estrategia de comunicación y marketing de muchas empresas del sector alimentario, especialmente aquellas que trabajan con extractos vegetales o fitocompuestos. En este artículo, analizamos en detalle el caso que originó la sentencia, su interpretación legal, y lo que supone para el sector en adelante.
El caso que lo desencadenó todo
La empresa alemana Novel Nutriology comercializaba un complemento alimenticio formulado con extracto de azafrán y zumo de melón. En su publicidad dirigida al consumidor, incluía frases como:
- “Mejora el estado de ánimo”
- “Reduce el estrés”
- “Combate la fatiga”
Estas afirmaciones, aunque comunes en el marketing de productos naturales, fueron objeto de denuncia por parte de una asociación alemana, que alegaba que se trataba de declaraciones de propiedades saludables no autorizadas conforme al Reglamento (CE) nº 1924/2006 sobre declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.
El caso llegó hasta el Tribunal Supremo alemán, que decidió plantear una cuestión prejudicial al TJUE para esclarecer si era legal utilizar ese tipo de declaraciones mientras la Comisión Europea aún no ha emitido una decisión definitiva sobre su autorización.
La postura del TJUE
La sentencia del TJUE ha sido clara y firme: no se pueden utilizar declaraciones de propiedades saludables sobre sustancias vegetales si no han sido oficialmente autorizadas.
El TJUE recuerda que el Reglamento 1924/2006 establece que las declaraciones de propiedades saludables solo pueden emplearse si están recogidas en una lista de declaraciones permitidas, adoptada por la Comisión Europea tras un proceso de evaluación científica. Además, puntualiza que existe un régimen transitorio que permite seguir utilizando determinadas declaraciones si estas se usaban legalmente antes de 2007 y se presentaron para evaluación antes del 19 de enero de 2008.
En el caso de Novel Nutriology, no se cumplía ninguna de estas condiciones. Por lo tanto, el Tribunal aclara que ni las declaraciones específicas (como “reduce el estrés”) ni las genéricas (como “bueno para el bienestar”) pueden utilizarse si no hay autorización expresa. Esto es aplicable incluso si dichas declaraciones se refieren a ingredientes botánicos cuya evaluación por parte de la Comisión sigue “en espera” (claims on hold).
La implicación de esta sentencia para las empresas
El mensaje es inequívoco: no hay margen para el uso de declaraciones saludables sobre plantas no autorizadas.
La sentencia refuerza una interpretación restrictiva del Reglamento 1924/2006, y pone punto final a las dudas interpretativas que durante años permitieron que algunos operadores se ampararan en la falta de resolución definitiva de la Comisión para justificar su estrategia comercial.
Esto tiene varias implicaciones prácticas:
- No se pueden utilizar frases que sugieran un beneficio para la salud sin autorización oficial, aunque sean genéricas o subjetivas (“te hace sentir bien”, “contribuye a tu bienestar”, etc.).
- Es irrelevante que la Comisión Europea no haya terminado la evaluación de la sustancia vegetal: si no está autorizada, no se puede declarar ningún efecto saludable.
- Los claims on hold dejan de ser una coartada válida: la sentencia elimina la posibilidad de mantener alegaciones no autorizadas basándose en que su revisión aún está pendiente.
En la práctica, esto implica un necesario ejercicio de revisión en profundidad de toda la comunicación comercial vinculada a productos con extractos de plantas: etiquetas, fichas técnicas, soportes promocionales, sitios web, redes sociales y materiales de formación comercial deben adaptarse a este nuevo marco restrictivo para evitar sanciones o conflictos legales.
Aunque la sentencia no modifica el texto del Reglamento, sí aclara de forma definitiva su interpretación, lo que marca un antes y un después en el enfoque regulatorio de los complementos alimenticios que contienen ingredientes botánicos.
Desde el punto de vista jurídico y regulatorio, las empresas deben adoptar una postura proactiva. Esto significa no solo eliminar cualquier alegación no autorizada, sino también abordar de forma estratégica el desarrollo de nuevos productos y su posicionamiento en el mercado, asegurando que todas las declaraciones cumplen con la normativa vigente.
En este sentido, contar con un equipo especializado en asesoría regulatoria alimentaria se vuelve más relevante que nunca. Un pequeño error en la redacción de una etiqueta o una campaña puede derivar en consecuencias económicas y reputacionales importantes, especialmente en mercados tan sensibles como el de la salud y el bienestar.
¿Cómo podemos ayudarte?
Desde LegaleGo Regulatory Affairs llevamos años acompañando a empresas del sector alimentario en su adaptación a un marco normativo cada vez más exigente. Tras el pronunciamiento del TJUE, hemos analizado detalladamente su impacto y estamos preparados para ayudarte a revisar y ajustar tu comunicación comercial, evitar riesgos innecesarios y garantizar la seguridad jurídica de tu marca.
Si utilizas sustancias botánicas en tus productos, este es el momento de revisar a fondo tu estrategia. Escríbenos y te ayudaremos a implementar los cambios necesarios para seguir vendiendo con confianza y dentro del marco legal.
¿Tienes dudas sobre las declaraciones saludables de tu producto? Contacta con nuestro equipo. En LegaleGo, te ayudamos a proteger tu marca y evitar sanciones para seguir vendiendo con la máxima seguridad jurídica.