La Stevia en la alimentación.
A día de hoy, lo único que está autorizado para su uso en la Stevia ( Stevia rebaudiana) para la alimentación humana son los glucósidos de esteviol, un aditivo autorizado con dicho nombre y número específico E-960 para su uso en distintas categorías de alimentos en diferentes concentraciones permitidas. Todo ello quedó regulado con el Reglamento (UE) 1131/2011 se autorizó el uso de dicho aditivo (lo adjunto).
Por lo tanto, las hojas y la planta en sí de la Stevia tienen consideración de nuevo alimento o nuevo ingrediente alimentario (Novel Food), es decir, hasta hoy no se ha podido demostrar un historial de consumo significativo en la Unión Europea antes del 15 de mayo de 1997 (criterio empleado para catalogar como tal a los Novel Food o Nuevos Alimentos), por lo que no puede utilizarse en alimentación humana hasta que no se autorice por el procedimiento de autorización de nuevos alimentos según lo establecido en el Reglamento CE 258/97 sobre nuevos alimentos.
Hasta ahora ha habido varios intentos para autorizar el uso de la planta como nuevo ingrediente alimentario, pero finalmente no se ha llegado a autorizar por dos motivos:
- No se ha podido demostrar el consumo significativo antes de la fecha indicada.
- En los estudios de seguridad que se han realizado no se han sacado datos concluyentes sobre si su uso es seguro para alimentación humana.
Por ello, en la Decisión 2000/196/CE de la Comisión, se denegó la comercialización de las hojas secas y planta de Stevia rebaudiana Bertoni. En LegaleGo Sport Nutrition somos expertos en complementos alimenticios y en los diferentes componentes y sustacias que contienen.