¿Quién es el responsable de la información en los productos alimenticios re-etiquetados?
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ha emitido recientemente una nueva nota interpretativa sobre el re-etiquetado de productos alimentarios, proporcionando directrices claras y actualizadas para los operadores del sector.
Esta nota se emite como consecuencia de que en las actuaciones de control oficial las autoridades se encuentran alimentos que se están comercializando con etiquetas que no están en castellano o con etiquetado sobreimpreso con traducciones al castellano de las que se desconoce quién es el responsable.
Por ello, la AESAN aclara quién es el operador responsable de la información de la etiqueta en caso de re-etiquetado.
¿Qué es el Re-etiquetado?
El re-etiquetado se refiere al proceso de modificar o actualizar las etiquetas de los productos alimentarios ya envasados y listos para su comercialización. Este proceso puede ser necesario por diversas razones, como cambios en la normativa, actualización de ingredientes, modificaciones en la información nutricional o ajustes en las advertencias de alérgenos.
En complementos alimenticios, el re-etiquetado se utiliza principalmente para la traducción de etiquetas de productos que vienen fuera de España. Dado que no se puede cambiar la etiqueta pues viene de fábrica o del principal distribuidor con su idioma del país de origen, el re-etiquetado al castellano es la solución por parte de los operadores para poner el producto en el mercado español.
Objetivos de la Nueva Nota Interpretativa
La nueva nota interpretativa de la AESAN tiene como principales objetivos:
- Clarificar la norma: Proporcionar una guía detallada sobre las obligaciones legales en materia de etiquetado, asegurando que todos los operadores del sector alimentario comprendan y cumplan con las normativas vigentes.
- Garantizar la Seguridad del Consumidor: Asegurar que la información proporcionada en las etiquetas sea precisa y completa, permitiendo a los consumidores tomar decisiones informadas y seguras sobre los productos que compran.
- Facilitar y aclarar las actuaciones de las empresas: Ofrecer directrices claras que ayuden a las empresas a realizar los cambios necesarios en sus etiquetas de manera eficiente y conforme a la ley.
Principales Recomendaciones
A través de esta nota, la AESAN concluye que:
- La responsabilidad del re-etiquetado de alimentos no etiquetados en castellano corresponde al operador que pone dichos productos en el mercado español para ser suministrados al consumidor final o a las colectividades con la obligación de que en dicho etiquetado se incorpore el nombre o la razón social y la dirección del operador que traduce y reetiqueta.
- En el caso de que los alimentos envasados estén destinados al consumidor final, pero se encuentren en una fase anterior a su venta al consumidor final y de que, en esa fase, no se produzca la venta a una colectividad, la información al consumidor traducida destinada al re-etiquetado podrá figurar en los documentos comerciales de acompañamiento, sin perjuicio, del obligatorio traslado de la mención del nombre o la razón social y la dirección del operador que traduzca al re-etiquetado final.
- El operador que se identifique en la re-etiqueta traducida, es el responsable de que figure la información alimentaria y de su cumplimiento en materia legislativa, así como de justificarlo a satisfacción de la Autoridad Competente.