El aspartamo como “posiblemente carcinógeno”. ¿Tenemos que dejar de consumirlo o consumir menos?
La evaluación del riesgo del aspartamo es un tema de interés tanto en España como en toda Europa, ya que ha sido categorizado por el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC) como posible carcinógeno para los seres humanos (Grupo 2B del CIIC).
El aspartamo es un edulcorante artificial bajo en calorías e intenso, aproximadamente 200 veces más dulce que el azúcar. Es un polvo blanco, sin olor. En Europa está autorizado utilizarlo como aditivo alimentario en productos alimenticios como bebidas, postres, dulces, lácteos, chicles, productos para reducir el contenido energético y control del peso y como edulcorante.
Los consumidores pueden identificar aquellos alimentos que contienen aspartamo mirando las listas de ingredientes del etiquetado de productos. Como todos los aditivos alimentarios, al aspartamo se le ha asignado un «número E» después de la autorización. Su presencia en los alimentos se puede indicar con su nombre (es decir, «aspartamo») o por su número E 951.
En la Unión Europea, el uso del aspartamo se autorizó por primera vez en varios Estados miembros durante los años ochenta, y la legislación europea que armonizó su uso alimentario fue introducida en 1994, después de rigurosas evaluaciones sobre la seguridad (1984, 1987, 1989) llevadas a cabo por el Comité científico de la Alimentación (SCF, por sus siglas inglesa-antiguo comité científico de la Unión Europea antes de que se creara la EFSA en 2002).
La SCF estableció en 1984 una Ingesta diaria admisible (IDA) de aspartamo de 40 mg/kg de peso corporal. Una revisión posterior de todos los datos originales y otros más recientes sobre aspartamo fue realizada en 2002 por el SCF y volvió a confirmar la ingesta diaria admisible (IDA) establecida previamente para el aspartamo.
En 2023, el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (International Agency for Research on Cancer (IARC)) y el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) han publicado sus evaluaciones de los efectos del aspartamo en la salud.
Preocupaciones sobre el potencial carcinogénico.
Algunos estudios científicos han planteado preocupaciones sobre el potencial carcinogénico del aspartamo, sugiriendo que su consumo puede estar relacionado con un mayor riesgo de desarrollar ciertos tipos de cáncer. Estas afirmaciones han llevado a clasificar al aspartamo como «posiblemente carcinógeno».
Las autoridades reguladoras y las agencias de seguridad alimentaria han llevado a cabo evaluaciones exhaustivas sobre la seguridad del aspartamo. El CIIC ha clasificado el aspartamo como posiblemente carcinógeno para los seres humanos a partir de evidencia limitada para el cáncer en los seres humanos (en concreto, para el carcinoma hepatocelular, un tipo de cáncer de hígado).
Y debido a esta «evidencia limitada» hasta la fecha sobre su potencial carcinógeno en los seres humanos, el Comité de Expertos en Aditivos alimentarios (JECFA), así como la OMS y la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), han concluido que el aspartamo es seguro para su consumo dentro de los límites establecidos de ingesta diaria admisible (IDA) de este producto que es de 40 mg/kg de peso corporal.
La IDA representa la cantidad de aspartamo que se puede consumir diariamente a lo largo de la vida sin riesgos para la salud.
Manteniendo la seguridad y recomendaciones.
Es importante destacar que las evaluaciones de riesgo y las decisiones regulatorias se basan en la evidencia científica disponible y están sujetas a revisiones periódicas a medida que se recopilan nuevos datos y estudios. Las autoridades están comprometidas con la protección de la salud pública y, por lo tanto, toman decisiones fundamentadas en el mejor conocimiento científico disponible.
El JECFA ha concluido que los datos evaluados no proporcionaron suficiente evidencia para modificar la ingesta diaria admisible (IDA) previamente establecida para el aspartamo. Por lo tanto, el Comité ha reafirmado que consumir una cantidad diaria dentro de este límite (40 mg/kg de peso corporal) no representa ningún riesgo para la salud.
Así, se pone como ejemplo un adulto que pese 70 kg necesitaría consumir más de 9-14 latas de refresco dietético que contengan 200 o 300 mg de aspartamo al día para exceder la ingesta diaria admisible, siempre y cuando no consuma otros alimentos con aspartamo.
A pesar de las afirmaciones sobre posibles riesgos carcinogénicos, los organismos reguladores han mantenido la seguridad del aspartamo dentro de los límites establecidos en base a las evidencias científicas actuales. No obstante, es fundamental que los consumidores sigan las recomendaciones y límites de consumo establecidos por las autoridades para garantizar una ingesta segura y adecuada de este edulcorante artificial.
El CIIC y la OMS continuarán dando seguimiento a las nuevas evidencias y alentarán a grupos de investigación independientes a que inicien más estudios sobre el posible vínculo entre la exposición al aspartamo y los efectos en la salud de las personas consumidoras.