Marketing Vs Declaraciones saludables
La UE publicó en 2012 una lista de 222 declaraciones saludables de alimentos para informar sobre los nutrientes y cualidades de un producto en el envase de manera clara y no engañosa. Estas todavía hoy generan confusión entre algunas empresas alimentarias cuando quieren personalizar el texto autorizado para el envase de su producto.
Es por ello, que en ese mismo año la comisión de expertos de la Unión Europea sobre “Declaraciones de propiedades nutricionales y saludables en los alimentos” acordaron siete recomendaciones para entender mejor cómo los estados miembro deben adaptar las declaraciones de salud.
A continuación comentaremos seis recomendaciones que realizó la comisión.
1.Asegurar que la redacción adaptada tiene el mismo significado para el consumidor que la redacción autorizada.
El texto adaptado debe significar lo mismo que la declaración aceptada en el registro de propiedades saludables. Es decir, el texto adaptado no debe resultar “más fuerte” que la versión autorizada, para que la declaración no se convierta en engañosa.
Por ejemplo: si la declaración autorizada fuera “X nutriente contribuye a una función normal del sistema inmunitario”, podría considerarse una versión adaptada aceptada que “X nutriente ayuda a mantener…” o “X nutriente contribuye al normal funcionamiento…”, pero no “X nutriente estimula la función…” o “X contribuye a optimizar el funcionamiento de…”
- Uso del término normal
El término “normal” aparece en muchas declaraciones de salud autorizadas en la versión inglesa y la española, por tanto en este caso, debe mantenerse el texto adaptado, pero no debe ser sustituido o eliminado. En otras versiones de los estados miembro, no se emplea “normal” si no “adecuado” o “saludable”. En cualquier caso, el principio fundamental es que la redacción adaptada no varíe su significado de la autorizada.
3.Relación entre el efecto que se alega y el nutriente, sustancia, alimento o categoría de alimento responsable
Las declaraciones de propiedades se deben alegar a los nutrientes o sustancias pero no al producto en sí. Por ejemplo: “X nutriente contribuye a una función normal del…” o “El producto Y contiene el nutriente X que contribuye a …” pero nunca “El producto Y contribuye a….y contiene el nutriente X”.
4.Consideraciones particulares para declaraciones de propiedades saludables sobre complementos alimenticios
En el etiquetado de un complemento alimenticio deben figurar los nombres de las categoría de nutrientes o sustancias que caracterizan al producto.
5.Presentación de declaraciones generales no específicas de la salud
Cuando en el envase se hace referencia a beneficios generales y no específicos del nutriente, se debe acompañar la declaración de propiedades saludables específica autorizada. Por ejemplo: la declaración “Bueno para tu piel” debería ir acompañada por “Y que contiene X contribuye a…”
6.Marca registrada, marca comercial o nombre de fantasía
En caso de que “Bueno para tu piel” no fuera una declaración general, sino una marca registrada, comercial o de fantasía, se tendrá que puntualizar la misma información considerada en el apartado anterior.
En LegaleGo Consultoría Alimentaria somos especialistas en el desarrollo y redacción de etiquetado y textos publicitarios de complementos alimenticios. Desde nuestro departamente técnico y legal, asesoramos al área de marketing de las empresas para redactar los textos que venden sus prodcutos, sin que se consideren declaraciones saludables no permitidas.