Legislación complementos alimenticios, qué normativa se aplica
En el año 2002 se creó en Europa un sistema armonizado de normas, que recogía la legislación complementos alimenticios en la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios que entró en vigor el 12 de julio de 2002.
Es importante esta Directiva dentro de la legislación complementos alimenticios, ya que en una primera fase, establece las normas específicas para una parte de los nutrientes: vitaminas y minerales, dejando para una fase posterior, las normas específicas relativas a otros nutrientes distintos de las vitaminas o minerales u otras sustancias con un efecto nutricional o fisiológico utilizadas como ingredientes de Complemento Alimenticio.
Además, se regula el procedimiento a seguir dentro de esta legislación complementos alimenticios para la notificación de estos productos, la información obligatoria que tiene que aparecer en el etiquetado, la adicción de vitaminas y minerales y sus formas permitidas en los complementos…etc.
En Europa también se aprobaron dos reglamentos muy importantes en la legislación complementos alimenticios:
- El Reglamento (CE) 1169/2011, de 25 de octubre, sobre información alimentaria facilitada al consumidor, que tiene como objetivo perseguir un alto nivel de protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información para que los consumidores tomen decisiones con conocimiento de causa.
Con esta norma, se establece la base para garantizar un alto nivel de protección de los consumidores en relación con la información alimentaria, teniendo en cuenta las diferencias entre lo que quieren los consumidores y sus necesidades de información.
- El Reglamento (CE) 1924/2006, de 20 de diciembre, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, su objetivo es garantizar un funcionamiento eficaz del mercado interior, proporcionar un alto nivel de protección de los consumidores, se aplica a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables contenidas en el etiquetado o publicidad de los alimentos.
Con esta norma, se armonizan las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas de los Estados miembros relativas a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, con el fin de garantizar un funcionamiento eficaz del mercado proporcionando al mismo tiempo un elevado nivel de protección a los consumidores.
A través del Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, relativo a los complementos alimenticios, incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2002/46/CE pero éste fue derogado y se elaboró uno nuevo, el Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre que regulaba los complementos alimenticios consistentes en fuentes concentradas de nutrientes.
Su objetivo es regular aquellos productos alimenticios consistentes en fuentes concentradas de nutrientes y que se presentan con la finalidad de complementar la ingesta de tales nutrientes en la dieta normal.
Este Real Decreto sólo establece las normas específicas para las vitaminas y los minerales utilizadas como ingredientes en los complementos alimenticios, pudiendo regularse en una fase posterior, las normas específicas relativas a otros nutrientes e ingredientes utilizados como ingredientes en los complementos alimenticios, estableciendo, además, los requisitos de composición y etiquetado aplicables a los complementos alimenticios que se comercializan en calidad de productos alimenticios y presentados como tales.
Estaa legislación complementos alimenticios se aplican a las empresas de producción, transformación, envasado, almacenamiento, distribución, importación y comercialización de complementos alimenticios.
Es importante este Real Decreto porque contiene toda la información necesaria para que un complemento alimenticio disponga de un etiquetado correcto y legal, estableciendo la obligatoriedad de la notificación de estos productos con carácter previo o simultáneo a su puesta en el mercado.
Como legislación complementos alimenticios, también debemos tener en cuenta la normativa que regula el Registro Sanitario. El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, que tiene como objetivo establecer la obligación de inscripción en el Registro de las empresas implicadas en la cadena alimentaria por lo que, cualquier empresa radicada en España que opere con complementos alimenticios, debe disponer de la correspondiente inscripción en la Clave 26.
En LegaleGo Sport Nutrition ofrecemos el mejor servicio de asesoramiento sobre legislación complementos alimenticios para que nuestros clientes puedan moverse dentro de este mercado con facilidad y tranquilidad. Es imporntante en cada caso y según qué producto, que normativa se aplica para cumplir con todos los requisitos legales.