Cómo crear una empresa alimentaria siendo extranjero
Cómo crear una empresa es complejo, pero crearla además en otro país diferente al propio, con otra cultura, otro idioma, otras normas legales y otra idiosincrasia, es infinitamente más complicado.
Tanto si eres eres un ciudadano de la Unión Europea (UE), miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), es decir, noruego, islandés o liechtensteiniano, ciudadano no comunitario o suizo, en este post compartimos los requisitos básicos para emprender en España.
Si tienes más dudas sobre este tema, no dudes en enviarnos un mail al equipo jurídico de LegaleGo Abogados, te contestaremos sin ningún compromiso.
¿Cómo crear una empresa siendo extranjero? Qué requisitos necesito cumplir?
Tanto si eres ciudadano europeo, como si eres ciudadano no comunitario, puedes emprender un negocio en España, tan solo tienes que cumplir los siguientes requisitos si quieres vivir y trabajar desde España. No será necesario, si solo quieres ser socio capitalista desde tu país de origen.
¿Qué trámites necesitas realizar si eres inmigrante no comunitario? Además de los requisitos que te explicamos acontinuación: una autorización inicial de residencia temporal, otra autorización de trabajo por cuenta propia, además de la visa de emprendedor.
La empresa se puede montar en la oficina consular española que corresponda en el país de origen. Al constituir la sociedad, te dan el visado español. O se puede hacer en España, en este caso debes solicitar un visado de residencia para emprendedores en el consulado español. Este documento te permitirá entrar en España legalmente y residir en él mientras realizas los trámites necesarios para montar tu empresa. Tanto en un caso como en el otro, te exigirán un informe de interés de actividad emprendedora. En él se indica si tu proyecto es de interés para la economía española.
Una vez en España, necesitarás conseguir una autorización de residencia para emprendedores para gestionar tu compañía.
¿Y si eres ciudadano de la UE, la EEE o Suiza? Con cumplir los requisitos abajo descritos será suficiente, pero si la estancia en España superase los 3 meses deberás inscribirte en el Registro Central de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía más próxima.
Requisitos para los extranjeros que emprendan en España
Según la secretaría de migraciones, estos son los principales requisitos:
- Residir en España de manera legal.
- Que la presunta empresa tenga la capacidad para crear empleo y posea interés económico para España.
- Ser mayor de edad.
- No tener antecedentes penales en los últimos cinco años.
- No figurar como “rechazable” en España ni en cualquier país con los que tenga convenios.
- Tener un seguro de salud en España.
- Acreditar que se cuenta con los recursos suficientes para su manutención y alojamiento, así como contar con la inversión necesaria para empezar a operar.
- Contar con la cualificación requerida y la experiencia acreditada para el proyecto.
- Cumplir con la normativa vigente de los requisitos de apertura necesarios, en función del tipo de negocio.
Privilegios para ciudadanos europeos que emprendan en España
Los convenios vigentes entre los países miembros de la UE y los territorios incluidos en el Espacio Económico Europeo, establecen que cualquier ciudadano de la UE tiene derecho a crear empresa propia, incluso como titular único, en cualquier país de la UE o EEE, y también a crear una sucursal o filial de una empresa existente que tenga su domicilio social en la UE y ya esté registrada en un país de la UE.
Trámites básicos para que ciudadanos no comunitarios emprendan en España
Cumplidos los requisitos, se deberán presentar los siguientes documentos traducidos al español en la Oficina Consular correspondiente, y realizar los siguientes trámites:
- Abrir una cuenta bancaria en España.
- Elaborar un informe sobre el interés y la viabilidad de la actividad emprendedora y un plan de negocio.
- Entregar el impreso de solicitud en modelo oficial (EX–07) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
- Darse de alta en Hacienda e inscribir la empresa en el Registro Mercantil de manera presencial o de manera telemática desde CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas).
- Si es un comercio minorista y se precisa de un local con 300 metros cuadrados o menos, se deberá abonar el pago del tributo correspondiente, así como la declaración de responsabilidad.
- Para el resto de actividades mercantiles es obligatorio certificar las licencias exigibles para el desarrollo de la actividad, indicando los trámites y certificaciones necesarias.
- Presentar el pasaporte en vigor.
- Cumplimentar los modelos de residencia (Modelo 790 código 052) y trabajo (Modelo 790 código 062) y abonar las respectivas tasas. Éstas se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles.
Además de todo lo anterior, se presentará la documentación que demuestre que se cumple con los requisitos solicitados: certificado médico, nulidad de antecedentes penales, justificación de capacidad de inversión, etc.
Cómo crear una empresa alimentaria
Todas las empresas alimentarias de la Unión Europea deben cumplir unos requisitos legales comunes para poder elaborar, comercializar y distribuir sus productos en todo el territorio, sin necesidad de realizar más controles en el destino, y garantizar la seguridad de los consumidores. En este post, indicaremos cuáles son los requisitos básicos que atender para no incurrir en ninguna ilegalidad explicando cómo crear una empresa alimentaria.
Requisitos básicos sobre cómo crear una empresa alimentaria
Los requisitos básicos para crear una empresa alimentaria son:
- Seguridad: las compañías no comercializarán alimentos que no sean seguros.
- Responsabilidad: las empresas asumirán la responsabilidad de que los alimentos que produzcan, transporten, almacenen o vendan sean seguros. De este modo tendrán que cumplir con la normativa municipal de su territorio, por ejemplo, en materia de prevención de incendios, además de cumplir con los requisitos generales de higiene de las empresas del sector, por ejemplo, asegurar la capacidad de almacenamiento de materias primas y/o productos elaborados, la ventilación, la gestión de residuos, plagas, etc.
- Trazabilidad: las empresas de alimentos deben ser capaces de identificar rápidamente a sus proveedores o clientes. Es por ello que deberán realizar un plan de trazabilidad hacia adelante y hacia atrás, para poder ubicar cualquier lote de productos o alimento en cualquier etapa de la cadena alimentaria.
- Transparencia: las industrias alimentarias están obligadas a informar inmediatamente a las autoridades competentes si tienen razones para pensar que los alimentos que están bajo su responsabilidad no son seguros. En tal caso, contactará con la Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, al mail [email protected] o al teléfono 91 344 29 87 / 85, o a la autoridad sanitaria competente de su comunidad.
- Emergencia: las empresas retirarán inmediatamente del mercado un alimento si tienen razones para creer que no son seguros.
- Prevención: cada empresa debe conocer los riesgos que pueden aparecer en su proceso de elaboración y someterlos a control. Por ello debe de implantar un plan de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), que a nivel internacional se entiende como un método de gran eficacia para garantizar la seguridad de los alimentos. Asimismo, las compañías alimentarias deben aplicar medidas de control para prevenir o reducir a niveles aceptables los peligros químicos (contaminantes, plaguicidas…), físicos (partículas de vidrio, metálicas…) o biológicos (parásitos, bacterias…).
- Cooperación: las industrias de alimentos cooperarán con las autoridades competentes en las acciones emprendidas para reducir los riesgos.
Autorizaciones y registro de actividad
Casi todas las empresas españolas de alimentación deben estar inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). Si quieres más información sobre qué empresas están exentas en el RGSEAA y cómo realizar dicha inscripción, aquí tienes más información.
En caso de que ser un establecimiento al por menor, tendrá que inscribirse en registro autonómico de la Dirección General de Salud Pública para crearle un fichero en el Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.
Permisos para exportar
Si la compañía también exportará alimentos tendrá que expedir un certificados sanitario para la exportación de productos alimenticios, -para exportar a algunos países extra comunitarios que lo exigen junto a las partidas de los alimentos- y/o un certificados de libre venta -en el caso de exportar en nivel nacional o comunitario.
Flexibilidad en los requisitos
Los reglamentos europeos de higiene y seguridad alimentaria prevén que las autoridades sanitarias apliquen cierta flexibilidad en los criterios en situaciones específicas, sin dejar de garantizar la seguridad alimentaria.
Dichas autoridades podrán ser flexibles estableciendo excepciones o exenciones a determinados requisitos, adaptándolos, o excluyendo algunas actividades del ámbito de aplicación del APPCC.
Asimismo, es importante que la etiqueta con la que se comercialice el producto cumpla con toda la normativa sobre etiqueta de productos. Para el caso de los complementos alimenticios, además, se deberán notificar antes las autoridades sanitarias.