Responsabilidad penal de las empresas alimentarias
La necesidad de un plan de un Plan o Programa de Riesgos Penales es por la mera razón de que la responsabilidad penal de la persona jurídica, puede evitarse o disminuirse si la empresa acredita que implantó un plan antes de la comisión del delito.
Las posibilidades de delinquir para empresas productoras y distribuidoras del sector alimentario son muy amplias, incluso, no es necesario que hayan colaborado en el mismo delito. Por ley la empresa está obligada a adoptar unas medidas que eviten los delitos en el seno de la misma. Los delitos más comunes en el sector alimentario son, los delitos contra la salud pública y la seguridad alimentaria, delitos de publicidad engañosa y de corrupción en los negocios.
A pesar de que un trabajador o persona física haya sido causante del delito, la nueva reforma del Código Penal hace responsable paralelamente a la empresa. La organización responderá por los delitos de sus trabajadores. Las sanciones podrán ser económicas, e incluso, pueden conllevar la inhabilitación o cierre de la propia empresa.
El Tribunal Supremo incide en la necesidad de generar una cultura de respeto a la Ley. La prevención por parte de las industrias de la comisión de actos constitutivos de delitos en el seno de las mismas, forma parte de su compromiso ético y de su Gobierno Corporativo. Implantando un Plan de Prevención de Delitos, la empresa promoverá la confianza de todos sus públicos en su negocio, además de reducir la comisión de un delito a una circunstancia accidental, probablemente, exenta de pena.
Desde LegaleGo Nutrition, recomendamos la implementación de un Plan de Riesgos Penal, con la mayor premura, para la tranquilidad de la empresa y el bienestar social. Los objetivos que nos proponemos como consultoría alimentaria son:
- En caso de delito, lograr que no haya posibilidad de imputación de la sociedad, o si fuese inevitable, atenuar las sanciones que se les pudiese aplicar.
- Evitar la Responsabilidad Civil y Laboral de la compañía, administradores y directivos de la misma, en caso de producirse un delito en el seno de la empresa o si este fuera llevado cabo por uno de sus trabajadores.
De este modo nuestra misión es crear un protocolo de actuación, en el cual nuestros expertos identifican los riesgos más susceptibles, su probabilidad de ocurrencia y el impacto jurídico que supondría para la empresa. También llevamos a cabo una revisión de los controles existentes, para evaluar su eficacia y establecer planes de mejora de los mismos.
Tras la creación de un programa de Prevención Penal, también conocido en el mundo anglosajón como Compliance Penal, toma sentido la figura del Compliance Officer como órgano de control y cumplimiento del programa. Esta figura puede estar integrada en la organización de la empresa alimentaria, así como, cabe la posibilidad de externalizar dicho control. (
LegaleGo Nutrition lo componemos un equipo multidisciplinar especializado en consultoría alimentaria y abogados que además de implementar un plan de Prevención Penal para tu negocio, te ofrecemos un servicio externalizado de Compliance Officer, o incluso, dotamos de la formación adecuada a un miembro de vuestro equipo para ejecutar dicha función.