
Cómo registrar una patente de complementos alimenticios
La Oficina Española de Patentes y Marcas, determina qué procesos o complementos alimenticios merecen el codiciado título de «patentables». Sin embargo, el camino hacia la protección de una fórmula de complementos alimenticios o de nutriestética no es tan sencillo como mezclar ingredientes, se requiere auténtica innovación, es por eso que vamos a ver cómo registrar una patente de complementos alimenticios.
Patente vs modelo de utilidad
- Una patente es una invención totalmente nueva, es decir no existía antes de su invención. Una patente fue la primera bombilla.
- Un modelo de utilidad es una innovación o mejora de un producto que ya existe, siguiendo con el mismo ejemplo, un modelo de utilidad sería una bombilla que no se rompe o una bombilla de bajo consumo
Por tanto, y tal y como se establece en la ley de patentes:
- Patente: “son patentables, en todos los campos de la tecnología, las invenciones que sean nuevas, que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial”.
- Modelo Utilidad: “Serán protegibles como modelos de utilidad de acuerdo con lo dispuesto en el presente título, las invenciones que, siendo nuevas e implicando una actividad inventiva, consisten en dar a un objeto una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja prácticamente apreciable para su uso o fabricación”.
El Desafío de Registrar Fórmulas: Más que Ingredientes y Cantidades
Al abordar la protección de fórmulas de complementos alimenticios o de nutriestética, surge la pregunta crucial: ¿es posible registrar una fórmula? La respuesta radica en la auténtica innovación. Simplemente ajustar cantidades o variar ingredientes no es suficiente para pasar el filtro de la Oficina Española de Patentes y Marcas. La clave es demostrar una mejora o innovación sustancial sobre lo existente en el estado de la técnica.
Mecanismos Empresariales: La Ley de Secretos Empresariales como Barrera Protectora
Ante la dificultad de registrar una fórmula, las empresas pueden recurrir a mecanismos empresariales para salvaguardar sus secretos. La aplicación de la Ley de Secretos Empresariales y la implementación de contratos de confidencialidad con proveedores, empleados y clientes se convierten en herramientas esenciales. Sin embargo, esta protección tiene limitaciones, ya que no cubre a terceros que descubran la fórmula sin haber firmado acuerdos de confidencialidad.
En resumen, el camino sobre cómo registrar una patente de complementos alimenticios o de nutriestética no es fácil. La innovación real, más allá de ajustes menores, es la llave para superar los obstáculos en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Además, la aplicación de mecanismos empresariales puede ofrecer una capa adicional de protección, pero no es una garantía absoluta. En este complejo equilibrio entre innovación y protección, las empresas deben navegar con astucia para preservar sus secretos más preciados.