Notificación complementos alimenticios en Europa
La notificación de complementos alimenticios en Europa la regula la propia Unión Europea por la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones en los Estados miembros en materia de los complementos alimenticios.
Así lo vimos en otro de nuestros post .Sin embargo, no hay que olvidar que cada uno de los países cuenta, de forma complementaria, con su propia regulación, procedimientos y exigencias particulares.
Cada país tiene su propio sistema para notificar la puesta en mercado de complementos alimenticios. Pero, ¿cuáles son esas diferencias que caracterizan a cada procedimiento?
Francia
Francia cuenta con una plataforma propia de notificación para comunicar la comercialización de los complementos alimenticios de forma online.
Alemania
En Alemania es obligatoria la notificación de los complementos alimenticios. Todos los distribuidores deben de comunicar a la BLV la notificación de los complementos alimenticios. Éstos se notifican mediante un formulario online, el cual se completa y se envía electrónicamente. El Justificante de presentación se obtiene de forma inmediata.
Portugal
En Portugal también es obligatoria la notificación de los complementos alimenticios. La notificación se realiza vía email, adjuntando toda la documentación necesaria (Etiquetas y una tabla Excel que es única de Portugal). El justificante de presentación se obtiene de forma inmediata.
Italia
Italia cuenta con una plataforma propia de notificación para notificar la primera puesta en el mercado de complementos alimenticios. Para poder notificar los complementos alimenticios, es necesario que previamente la empresa se dé de alta en la plataforma como Operador Económico (OSA). El justificante de presentación se obtiene de manera inmediata.
Suecia
En este país, el proveedor de un complemento alimenticio no tiene que obtener ninguna autorización del Servicio Nacional de Administración de Alimentos de Suecia. Sin embargo, un fabricante, importador o minorista debe estar registrado ante la autoridad del municipio donde opera. Por otro lado, existe un sistema de notificación si la empresa que quiere vender los productos no es de Suecia.
Finlandia
En Finlandia, es obligatorio notificar los complementos alimenticios ante la Autoridad de Seguridad Alimentaria de Finlandia (EVIRA). Evira revisa la Notificación de complementos alimenticios y, siempre que la Notificación contenga toda la información requerida, la envía a las autoridades municipales pertinentes con fines de supervisión. Sin embargo, esta no evalúa el cumplimiento del complemento alimenticio o del etiquetado. Así, esto es responsabilidad de los fabricantes e importadores en el contexto de los procedimientos de control interno obligatorios establecidos en la Ley de Alimentos.
Suiza
Este país tiene normativa muy reciente con respecto a este procedimiento. Y es que la notificación de complementos alimenticios en Europa la regula la propia Unión Europea pero también su propia ley. Aquí, el importador, fabricante o distribuidor de complementos alimenticios asume la total responsabilidad de que los productos cumplen con la normativa y requisitos establecidos. No existe una previa autorización como en otros países europeos, por lo que es su total obligación.
Sin embargo, sí que es obligatorio que los importadores o distribuidores de complementos alimenticios realicen una comunicación al cantón correspondiente de Suiza donde se vayan a comercializar los productos. En caso de inspección, será el cantón correspondiente quien tenga la total responsabilidad de asegurar que se cumple con la normativa. Después, dependiendo el procedimiento, habría que cumplimentar otras tasas administrativas.
Otras actualizaciones interesantes en su normativa son:
- Listado de vitaminas y minerales con los límites máximos que admiten en Suiza.
- Listado de sustancias admitidas con los límites permitidos de cada una de ellas. (iii)
Si se trata de ingredientes que no aparecen en esas listas, se pueden incluir en los productos siempre que: Se garantice la seguridad alimentaria, no se corresponda con productos terapéuticos o medicinales, tenga sentido con la definición de complemento alimenticio y no exista ningún “novel food”.
- Listado de plantas, partes de plantas y otros ingredientes que expresamente están rechazados por la normativa suiza.
Noruega
Noruega es uno de los países europeos que cuenta con una legislación nacional armonizada con la legislación alimentaria y veterinaria de la UE.
Las empresas alimentarias que operan en Noruega deben estar registradas en la NFSA. Si la empresa no está registrada, sería muy difícil introducir allí los productos. Por tanto, existen solo dos opciones para poder comercializar en este país:
- Un importador con sede en Noruega y que él distribuya los complementos
- Registrar la empresa en Noruega.
Desde LegaleGo consultoría de seguridad alimentaria nos ponemos a su completa disposición para aclararle cualquier duda que pueda tener y asesorarle, en cada caso, cuál sería la mejor manera de proceder para la notificación de complementos en Europa. También puedes consultar nuestra guía sobre notificación de complementos alimenticios en descargas.