¿Qué información debe figurar en los alimentos no envasados?
Los alimentos se pueden comercializar y comprar envasados y sin envasar. En este post definiremos cuáles son aquellos alimentos no envasados, qué requerimientos exige el Reglamento Europeo indicar sobre estos productos y cómo facilitar dicha información.
En primer lugar los alimentos no envasados son aquellos que:
- se envasan en el momento de la compra a petición del consumidor final
- se sirven en bares, cafeterías y restaurantes
- se suministran sin envasar a colectividades
- se venden a granel al consumidor final
Los países miembro de la Unión Europea (UE), según el Reglamento Europeo 1169/2011, deben de indicar con obligatoriedad desde 2011 qué tipo de alérgenos contienen los alimentos no envasados.
Sin embargo, estos países pueden crear normas internas para que se indiquen otras informaciones que consideren.
Estas exigencias han aumentado por parte de la UE desde 2015 cuando establecieron que los alimentos no envasados deben mostrar otras informaciones además de indicar los alérgenos.
Qué información deben contener los alimentos no envasados
Los alimentos que se presenten sin envasar y los alimentos envasados en los lugares de venta a petición del consumidor tienen que indicar:
- Denominación del alimento,
- cantidad de un ingrediente o una categoría de ingredientes,
- grado alcohólico en bebidas alcohólicas con graduación superior a 1,2 %,
- y otros requisitos que se establezcan en las normativas propias de los alimentos para esta modalidad de venta.
Los alimentos envasados por los titulares del comercio al por menor para su venta inmediata en el establecimiento o establecimientos de su propiedad tienen que indicar:
- Denominación del alimento,
- lista de ingredientes,
- cantidad de un ingrediente o una categoría de ingredientes,
- cantidad neta del alimento,
- la fecha de duración mínima o la fecha de caducidad,
- las condiciones especiales de conservación y/o las condiciones de utilización,
- el nombre o la razón social y la dirección del envasador,
- el país de origen o el lugar de procedencia cuando así esté previsto,
- el modo de empleo en caso de que, en ausencia de esta información, fuera difícil hacer un uso adecuado del alimento,
- y el grado alcohólico volumétrico en las bebidas que tengan más de un 1,2 % en volumen de alcohol.
Cómo mostrar la información en los alimentos no envasados
La información mencionada deberá presentarse en un envase o en una etiqueta adherida al artículo, pero hay excepciones.
Cuando la venta se realice bajo la modalidad de venta con el vendedor o en régimen de autoservicio -como es el caso de las frutas, hortalizas, tubérculos o frutos secos-, dicha información podrá figurar en un cartel cercano al artículo, a excepción de la duración mínima y la fecha de caducidad.
Si tiene cualquier duda acerca de la información que deben indicar sus productos alimenticios, no dude en consultarnos.